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Definición de la ocupación
Son aquellos profesionales encargados del acompañamiento, custodia, resguardo, defensa y protección de la libertad, vida e integridad física de personas o grupos de personas determinadas.
La ocupación de escolta privado es una profesión regulada mediante la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada, por lo que las personas que deseen desempeñarla deberán obtener previamente la pertinente habilitación, además de cumplir unos requisitos particulares de acceso a esta profesión.
Competencias profesionales
Acompañar, defender y proteger a personas o grupos determinados, que no tengan la condición de autoridades públicas, impidiendo que sean objeto de agresiones o actos delictivos.
Aspectos que se valoran
- Autocontrol
- Autoconfianza
- Iniciativa
- Responsabilidad
Formación Reglada
Los escoltas privados deben obtener la certificación acreditativa correspondiente, expedida por un centro de formación de personal de seguridad privada que haya presentado la declaración responsable ante el Ministerio del Interior o el órgano autonómico competente, o de los correspondientes Certificados de Profesionalidad de vigilancia y seguridad privada.
Formación privada
Centros homologados en Asturias para impartir cursos de seguridad privada:
- CEIF
- ACADEMIA CID
- CENTRO DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD LESMA
- SAN FERNANDO INFORMATICA
- CENTRO TECNOLOGICO DE FORMACION EMPRESARIAL LECA
- AFA FORMACION CONTINUA
- ASTURIAS EDUCACION
- CESA
- ACADEMIA CIVIL
- AGORA 2005
- ACUARTELAMIENTO CABO NOVAL
Formación Profesional para el empleo
Certificados de Profesionalidad
- Vigilancia, seguridad privada y protección de personas SEAD0112
- Vigilancia, seguridad privada y protección de explosivos SEAD0212
Información y consultas