Preguntas frecuentes

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Disponemos de departamentos de orientación laboral, social y legal desde los que respondemos a tus dudas y preguntas, te ayudamos con los trámites y te facilitamos toda la información necesaria desde el inicio hasta que estés asentado en nuestra comunidad autónoma.​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​

► ​​​​​​​​​​​​​​Te resolvemos algunas dudas

Contacto


​​​​​​​​​​​​​​► ​​​​​​​​​​​​​​Trabajadora social: María Miranda | Correo: Maria.mirandagarcia@asturias.org
​​​​​​► ​​​​​​​​​​​​​​Asesoría jurídica: Inés Pérez | Correo: Ines.perezhevia@asturias.org​​​​​​​
► ​​​​​​​​​​​​​​Orientación laboral: Yolanda Blanco | ​​​​​​​​​​​​Correo: Yolanda.blancogarcia@asturias.org​​​​​​​​​​​​​​

¡Somos la Oficina del Retorno del Gobierno del Principiado de Asturias!

Nacimos para ayudarte en tu proceso de asentamiento en el Principado: disponemos de un departamento de orientación laboral, social y legal desde los que respondemos a tus dudas, te ayudamos con los trámites y te facilitamos toda la información necesaria desde el inicio hasta que estés asentado en nuestra comunidad autónoma. ​​​​​​​

¿Eres asturiano o descendiente, resides en el extranjero y deseas regresar a tu tierra?…
​​​​​​​Te facilitamos tu billete de vuelta a Asturias con hasta 6.000 € en ayudas.


► ​​​​​​​​​​​​​​Antes del retorno. Tramites previos

  • Aviso previo. Ante los Consulados de España o Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social de los países en los que residan.
  • Pasaporte. Deberá solicitarse a través de la Oficina Consular. Para más información consultar en la Dirección General de la Policía.
  • Baja consular. A efectos de facilitar los trámites para la entrada en aduanas de sus enseres y obtención del certificado del periodo completo de residencia y matricula en una jurisdicción consular que permite justificar el tiempo total de residencia en el extranjero.
  • Nacionalidad española. Para conservar o recuperar la nacionalidad española debe informarse en el Consulado de España, en su país.
  • Obtener documentación acreditativa de la actividad laboral. A través de las Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social de las Embajadas de España o en su defecto de las Oficinas Consulares.
  • Traslado de mobiliario, bienes personales y vehículos por traslado de residencia.

► ​​​​​​​​​​​​​​Después del retorno. Documentación a solicitar

  • Documento Nacional de Identidad
  • Empadronamiento
  • Certificado de Emigrante Retornado
  • Permisos de conducción
  • Certificaciones de nacimiento, matrimonio o defunción
  • Certificado de diversidad de apellidos
  • Cuentas bancarias, depósitos a plazo o cuentas de valores en el extranjero

► ​​​​​​​​​​​​​​Ayudas al retorno. Requisitos

  • Ostentar la nacionalidad española desde, al menos, los 4 años anteriores al retorno.
  • Ser natural de Asturias o haber tenido la última vecindad administrativa en algún concejo de Asturias antes de su salida o ser descendiente de asturiano o asturiana hasta el segundo grado de consanguinidad.
  • Haber residido en el extranjero un mínimo de 4 años anteriores a la fecha del retorno.
  • Encontrarse empadronado en algún concejo de Asturias. En caso de empadronarse en un concejo de los considerados en riesgo de despoblación la cuantía de la ayuda se incrementará en un 25%.
  • Que en el momento de presentar la solicitud de la ayuda no hayan transcurrido más de 2 años desde el retorno
  • Acreditar que es una persona emigrante retornada.
  • No disponer de rentas superiores a los límites establecidos en la convocatoria vigente.