Entidades promotoras. Proyectos innovadores y de inclusión social

Podrán ser beneficiarias las asociaciones, fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro, con capacidad técnica y de gestión suficientes. La capacidad técnica y de gestión se acreditará a través de los estatutos o normas fundacionales o reguladoras propias, una vez comprobado que el proyecto para el que se solicita financiación se encuentra dentro del objeto y/o fines de su actividad.