Certificados de profesionalidad

El Certificado de Profesionalidad (CdP) acredita en todo el país que una persona está capacitada para realizar todas las funciones de un puesto de trabajo. Este "saber hacer" de una determinada ocupación laboral se denomina cualificación profesional y se subdivide en conjuntos de habilidades y conocimientos denominados Unidades de Competencia (U.C.), que pueden acreditarse también de manera independiente.

Es el instrumento de acreditación oficial de las cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en el ámbito de la Administración laboral.

Cada certificado de profesionalidad acredita la capacitación para el desarrollo de una actividad laboral con significación para el empleo y asegura la formación necesaria para su adquisición.

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Certificados de Profesionalidad con validez en todo el territorio nacional


​​​​​​​> Búsqueda por familia profesional
​​​​​​​> Registro y expedición de certificados de profesionalidad y acreditaciones parciales acumulables
​​​​​​​> Exención del módulo de prácticas

Tasa


Exenciones:

  1. Las personas inscritas como desempleadas en las Oficinas de Empleo que no perciban ninguna prestación o ayuda económica.
  2. Los miembros de familia numerosa de categoría especial

Bonificaciones con el 50%:

  1. Las personas inscritas como desempleadas en las Oficinas de Empleo que sean perceptoras de alguna prestación o ayuda económica,
  2. Los miembros de familia numerosa de categoría general.

Certificados de Profesionalidad anteriores al año 2008


No pueden expedirse por unidades de competencia por lo cual deben solicitarse completos.

Como norma general, si el real decreto que regula el certificado que se solicita ha sido derogado, podrá solicitarse la expedición en un plazo de 5 años desde la derogación si la nueva norma no señala otro plazo diferente.

Solicitud y plazos​​​​​​


​​​​​​​> Listado de certificados de profesionalidad derrogados