Personas con discapacidad

Convocatoria de concesión de subvenciones a empresas radicadas en el Principado de Asturias por la contratación indefinida de personas desempleadas con discapacidad (del 1 de junio de 2025 al 31 de mayo de 2027 ambos inclusive).

Objeto de actuación


Obtener ayudas para empresas radicadas en el Principado de Asturias por la contratación indefinida de personas desempleadas con discapacidad o por la transformación en indefinidos de contratos temporales de fomento de empleo para personas con discapacidad, que se formalicen en ambos casos, al amparo del Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo.

Beneficiarios


Empresas que cumplan los siguientes requisitos:

Ser empresas no dependientes ni vinculadas a Administraciones, organismos o entes públicos, empresas públicas o fundaciones del sector público.

Los centros especiales de empleo se excluyen de estas ayudas.

Contratar con carácter indefinido o transformar en indefinido un contrato temporal de cualquier persona con discapacidad realizado al amparo del RD1451/1983, de 11 de mayo).

En el supuesto de nueva contratación: Se entenderá por persona desempleada a la persona sin ocupación laboral a fecha del inicio del contrato indefinido según la consulta de la vida laboral de la persona contratada inicialmente por la empresa en la Tesorería General de la Seguridad Social.

Los contratos tendrán una fecha de inicio comprendida entre el 1 de junio de 2025 y el 31 de mayo de 2027 (ambos incluidos)

Tanto los contratos indefinidos iniciales como las transformaciones en indefinido se formalizarán por escrito y de acuerdo con la legislación vigente, al amparo del Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo. Las contrataciones se comunicarán al SEPEPA en la forma reglamentariamente establecida y la persona desempleada con discapacidad que se contrate deberá disponer del correspondiente informe médico favorable para la profesión objeto del contrato.

No incurrir en ninguna de las circunstancias excluyentes señaladas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones.

Estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones la Hacienda del Estado y del Principado de Asturias y con la Seguridad Social.

Requisitos de las personas a contratar: Personas con discapacidad definidas en la base 2.3 de las reguladoras.

Quedan excluidos los contratos celebrados con personas incursas en los siguientes supuestos:

Los socios y socias de todas aquellas entidades sin personalidad jurídica.

Los personas administradoras, apoderadas, miembros de los órganos de administración y cargos de dirección de las empresas.

Los socios y socias de empresas que revistan la forma jurídica de sociedad que posean al menos la tercera parte del capital social.

Las relaciones laborales de carácter especial contempladas en el artículo 2.1 del Estatuto de los Trabajadores, o en otras disposiciones normativas.

Contrataciones con personas trabajadoras que hayan finalizado o mantengan su relación laboral de carácter indefinido en otra empresa en un plazo de tres meses previos a la formalización del contrato. Esta exclusión no se aplicará cuando la finalización del contrato sea por despido reconocido o declarado improcedente, o por despido colectivo.

Contrataciones realizadas con personas trabajadoras que en los veinticuatro meses anteriores a la fecha de la contratación hubiesen prestado servicios en la misma empresa o entidad, grupo de empresas o empresas vinculadas mediante un contrato por tiempo indefinido.

Contrataciones formalizadas con personas trabajadoras que ya hubieran sido subvencionadas con estas mismas ayudas, en la misma empresa, en las dos convocatorias anteriores a la que esté en vigor y al amparo de la cual pretenda solicitar subvención.

Cuando se detecten actuaciones encaminadas a la obtención de la subvención sin que se produzca creación real y efectiva de empleo, así como las contrataciones realizadas con infracción de la legislación laboral o de Seguridad Social.

Duración


Obligación del mantenimiento del empleo durante tres años.

Cuantía de la subvención


3.907 euros por cada contrato de trabajo celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, cuando se concierte a tiempo parcial, la subvención indicada habrá de reducirse proporcionalmente a la jornada pactada.

Plazo de solicitud


El plazo de presentación de solicitudes para los contratos formalizados desde el 1 de junio de 2025 hasta la fecha de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPA será de un mes.

El plazo de presentación para los contratos suscritos desde la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPA y hasta el 31 de mayo de 2027 será de un mes desde la formalización del contrato.